El juez Diego Ortiz resolvió que la investigación por el femicidio de Nora Dalmasso, ocurrido en 2006, debe continuar. Desestimó el pedido de prescripción presentado por la defensa de Roberto Marcos Bárzola, único imputado en la causa.

El caso que conmocionó a Río Cuarto hace casi dos décadas sigue sin una resolución judicial definitiva. Este jueves, el juez de Control Diego Ortiz decidió no hacer lugar, por el momento, al pedido de prescripción de la causa que plantearon los abogados defensores de Roberto Marcos Bárzola, imputado por el crimen de Nora Raquel Dalmasso, asesinada en 2006. De esta manera, el expediente continuará abierto y el fiscal Pablo Jávega podrá avanzar con la recolección de pruebas.

En su resolución, Ortiz explicó que no corresponde cerrar el proceso judicial mientras no se haya alcanzado un nivel suficiente de certeza sobre lo ocurrido. Remarcó además que el Estado tiene el deber de garantizar una investigación seria y profunda, de acuerdo con los compromisos asumidos a nivel internacional en materia de derechos humanos.

Tras la absolución del viudo Marcelo Macarrón en 2022, la Justicia reconoció a Dalmasso como víctima de violencia de género, lo que reorientó la investigación bajo esa perspectiva. Desde entonces, el fiscal Jávega inició una nueva línea de indagación, que incluyó pericias genéticas actualizadas.

Los análisis de ADN practicados sobre restos hallados en la escena del crimen derivaron en la imputación de Bárzola, un trabajador que realizaba tareas de lustrado de pisos en la vivienda de la víctima. Según se informó, su perfil genético coincidió con muestras obtenidas tanto del cinturón con el que fue estrangulada Nora como de un vello encontrado en la zona íntima del cuerpo.

Frente a la acusación por abuso sexual seguido de muerte, la defensa de Bárzola solicitó el cierre del caso argumentando que habían pasado más de 18 años desde el hecho. El juez Ortiz, sin embargo, sostuvo que no corresponde aplicar la prescripción sin antes llegar a una reconstrucción fidedigna de los hechos, aunque aclaró que no considera que se trate de un delito de lesa humanidad o imprescriptible.

“No se puede interrumpir la búsqueda de la verdad sin haber alcanzado un grado suficiente de certeza”, argumentó el magistrado, basándose en antecedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Suprema argentina.

Por ahora, la investigación continúa, pero la resolución de Ortiz podría ser apelada por la defensa. El fallo aún no está firme.

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