La Cámara en lo Contencioso Administrativo de 1° Nominación de la Provincia de Córdoba confirmó ayer la constitucionalidad de la Ley.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de 1° Nominación de la Provincia de Córdoba confirmó ayer la constitucionalidad de la Ley 27.610, que regula el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo y a la atención postaborto de todas las personas con capacidad de gestar.
La Cámara rechazó así el enésimo amparo presentado por Aurelio García Elorrio y el Portal de Belén en la provincia de Córdoba.
Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito indicaron mediante un comunicado que “queda claro que los procesos judiciales no deben ser utilizados como herramienta de obstaculización para el ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.
“Pese a los infructuosos ataques, y mal que les pese a los grupos que pretenden generar retrocesos en los derechos adquiridos sobre nuestros cuerpos, las interrupciones de embarazo están garantizadas por ley y gozan de alto consenso jurídico y social”, sostiene el documento.
Fuente: Cba24N