El Gobierno nacional envió a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Competitividad Financiera, una iniciativa impulsada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, que propone modificar decenas de normas vinculadas con el sistema financiero, el mercado de capitales y el financiamiento de empresas.
La propuesta, que ya tiene estado parlamentario, cuenta con más de 225 artículos y fue girada a cuatro comisiones: Legislación General, que será la cabecera del tratamiento, Pequeñas y Medianas Empresas, Finanzas y Presupuesto y Hacienda.
El proyecto fue presentado por el Gobierno como una reforma destinada a eliminar restricciones regulatorias, facilitar el acceso al financiamiento, promover la competencia y ampliar las posibilidades de inversión mediante herramientas digitales.
Por su alcance y la cantidad de leyes que busca modificar, la iniciativa ya es considerada una nueva versión de las denominadas leyes ómnibus. Desde Unión por la Patria anticiparon su rechazo y advirtieron sobre posibles modificaciones impositivas incluidas en el articulado.
Tokenización y pagarés: qué cambia en los instrumentos financieros
Uno de los puntos novedosos de la Ley de Competitividad Financiera es el reconocimiento legal de la tokenización de activos. La iniciativa establece que los valores negociables podrán emitirse, registrarse y negociarse mediante tecnología blockchain, lo que permitiría operar con representaciones digitales de instrumentos financieros con validez jurídica.
También propone modificar el régimen de pagarés. Actualmente, la normativa exige que estos documentos expresen una suma determinada de dinero, una condición que limita su utilización en operaciones de mayor plazo.
La reforma habilitaría pagarés ajustables mediante índices objetivos y verificables, como la inflación o la cotización del dólar. Además, incorporaría la figura del pagaré producto o en especie, que permitiría establecer obligaciones de entrega de bienes fungibles, como granos y minerales.
Otro capítulo importante está relacionado con el régimen de Prenda con Registro, cuya normativa original data de 1946. El proyecto amplía los bienes que pueden utilizarse como garantía de financiamiento.
La modificación permitiría constituir prendas sobre activos digitales, derechos de propiedad intelectual, participaciones societarias y flujos de fondos futuros. De esta manera, empresas tecnológicas y emprendimientos podrían utilizar bienes que hasta ahora no estaban contemplados expresamente como garantías.
Además, se crearía la figura de la prenda flotante sin límite temporal, que permitiría utilizar como garantía mercadería o existencias que se renuevan permanentemente, sin necesidad de individualizar cada bien. La iniciativa también eliminaría la obligación de contar con la autorización del primer acreedor para constituir una segunda prenda.
Tarjetas de crédito y plazos fijos: nuevas posibilidades de negociación
En materia de tarjetas de crédito, el proyecto propone que los cupones generados por cada operación comercial se conviertan en títulos ejecutivos negociables y endosables.
El objetivo es que los comercios puedan anticipar el cobro de sus ventas mediante su negociación en el mercado de capitales, sin tener que esperar los plazos habituales de acreditación, que según la información difundida pueden extenderse entre 8 y 18 días.
La reforma también contempla cambios para los depósitos bancarios. Los plazos fijos superiores a 365 días podrían endosarse y negociarse en mercados secundarios bajo la regulación de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Así, los ahorristas tendrían la posibilidad de obtener liquidez sin cancelar anticipadamente el depósito y perder los intereses correspondientes.
Cambios en el mercado de capitales y en la CNV
Uno de los capítulos más extensos de la iniciativa modifica 109 artículos de la Ley de Mercado de Capitales. Entre los cambios se incorpora el principio de neutralidad tecnológica, que busca reconocer la validez de los activos digitales y eliminar la exigencia de soportes exclusivamente físicos o en papel.
También se introduce el concepto de inclusión financiera, con el propósito de simplificar trámites y ampliar el acceso a los instrumentos de inversión mediante nuevas tecnologías.
Otro cambio institucional alcanza a la Comisión Nacional de Valores. El organismo dejaría de funcionar como ente autárquico descentralizado y pasaría a ser un organismo desconcentrado dentro del Ministerio de Economía, aunque conservaría autonomía funcional y financiera.
La iniciativa también crea la figura del Agente de Custodia, Registro y Pago (ACRyP) y modifica las disposiciones vinculadas con los actores que participan en el mercado de capitales.
Financiamiento para las PyMEs y derogación de los planes de ahorro
El proyecto incorpora modificaciones a la Ley de Financiamiento Productivo, sancionada en 2018, con el argumento de ampliar las alternativas de acceso al crédito para las pequeñas y medianas empresas.
La propuesta apunta a promover la desintermediación financiera, habilitando que plataformas y herramientas informáticas funcionen como espacios de negociación directa, sin la intervención obligatoria de un Agente de Liquidación y Compensación (ALyC).
Además, se ampliaría la cantidad de instrumentos que pueden negociarse mediante estos mecanismos. A las Facturas de Crédito Electrónicas se sumarían cheques, pagarés, warrants, letras de cambio y títulos electrónicos, entre otros documentos.
Por otra parte, la iniciativa propone derogar el decreto de 1943 que regula los planes de ahorro para la compra de automóviles, lo que implicaría poner fin al régimen de las Sociedades de Capitalización y Ahorro.
Impuesto a las Ganancias: cambios para inversiones y fideicomisos
En el capítulo impositivo, uno de los puntos destacados es el tratamiento de los Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR). El proyecto establece que estos instrumentos tributen el Impuesto a las Ganancias bajo un esquema equivalente al de la adquisición directa de acciones extranjeras.
Según los fundamentos de la propuesta, el objetivo es evitar que el tratamiento fiscal favorezca la canalización del ahorro local hacia activos del exterior.
También se amplían las posibilidades de los Fondos Comunes de Inversión Inmobiliarios, que dejarían de estar limitados a proyectos vinculados exclusivamente con la vivienda social. La modificación permitiría incluir cualquier tipo de vivienda y créditos hipotecarios.
En el caso de los fideicomisos inmobiliarios, se habilitaría diferir el pago del Impuesto a las Ganancias cuando se aporten terrenos, hasta el momento de la liquidación de las cuotapartes recibidas.
Unión por la Patria anticipó su rechazo al proyecto
La iniciativa ya generó cuestionamientos en la oposición. El jefe del bloque de diputados nacionales de Unión por la Patria, Germán Martínez, anticipó el rechazo de su bancada y puso el foco en las modificaciones impositivas incluidas en el texto.
A través de una publicación en la red social X, el legislador cuestionó el alcance de la propuesta y advirtió sobre la posibilidad de que incluya cambios que exceden una reforma del mercado de capitales.
«Otra ley ómnibus de 240 artículos. Seguramente con varios Caballos de Troya. Pero en el primer análisis anticipo que detrás del pomposo título de «reforma del mercado de capitales» esconden un IMPUESTO A LA RENTA FINANCIERA», escribió Martínez.
De esta manera, el proyecto de Ley de Competitividad Financiera comenzará su recorrido legislativo en Diputados, donde deberá atravesar el análisis de las cuatro comisiones antes de llegar al recinto. El alcance de las modificaciones y las diferencias entre el oficialismo y la oposición anticipan un debate sobre el funcionamiento del sistema financiero, las condiciones de inversión y el tratamiento impositivo de los activos.
