La medida comenzará a aplicarse desde noviembre y establece un sistema de aportes para cubrir indemnizaciones de trabajadores registrados del sector privado.
El Gobierno nacional reglamentó este lunes uno de los puntos centrales de la Reforma Laboral aprobada por el Congreso: la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo destinado a garantizar el pago de indemnizaciones en casos de despido.
La medida fue oficializada mediante el Decreto 408/2026, publicado en el Boletín Oficial, y comenzará a regir desde el 1 de noviembre para empleados registrados del sector privado.
Según establece la norma, cada empleador deberá conformar una cuenta individual destinada exclusivamente a cubrir eventuales indemnizaciones. Los aportes realizados podrán descontarse de las contribuciones patronales al sistema de seguridad social y estarán exentos del impuesto a los créditos y débitos bancarios.
El texto oficial señala además que esos fondos serán administrados a través de fideicomisos financieros o fondos comunes de inversión autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), bajo un esquema de patrimonio separado e inembargable.
La reglamentación aclara que el nuevo sistema “no modifica el régimen indemnizatorio vigente”, aunque redefine el mecanismo mediante el cual se garantizan los pagos ante despidos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será el organismo encargado de la recaudación y derivación de los aportes. Para ello, cada empleador deberá informar un identificador específico denominado “ID FAL”.
En caso de desvinculación laboral, el empleador tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para efectuar el pago correspondiente según lo establecido por la legislación vigente y los convenios colectivos.

