El Tribunal Superior de Justicia limitó el aporte solidario que aplicaba la Caja de Jubilaciones sobre una jubilación y una pensión, al considerar que el descuento resultaba “gravoso” y “excesivo”. La medida cautelar se dictó mientras se analiza la constitucionalidad de la reforma previsional provincial.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba resolvió limitar la aplicación del aporte solidario que descontaba la Caja de Jubilaciones de Córdoba a una jubilada provincial, al considerar que el monto retenido sobre sus haberes podía tener carácter “confiscatorio”.

La decisión fue tomada por la Sala Contencioso Administrativa del máximo tribunal provincial, integrada por los jueces Domingo Sesin, Aída Tarditti y Luis Rubio, tras intervenir en un recurso presentado por la damnificada.

El caso se originó luego de que la mujer, jubilada ordinaria desde 2019, comenzara a percibir en 2023 una pensión tras el fallecimiento de su esposo. A partir de entonces, la Caja aplicó el aporte solidario previsto en la Ley 10.694 sobre ambos beneficios previsionales.

Según consta en la presentación judicial, el descuento aplicado equivalía al 200% de su haber jubilatorio, situación que motivó el reclamo ante la Justicia.

Cuestionamiento a la reforma previsional

La jubilada solicitó la suspensión del descuento sobre su jubilación para poder percibir la pensión completa hasta que se resolviera el planteo de inaplicabilidad e inconstitucionalidad del artículo 58 de la reforma jubilatoria aprobada en Córdoba durante la pandemia de 2020.

Sin embargo, la Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación rechazó tanto el pedido cautelar como el recurso de casación posterior presentado por la mujer.

Frente a esa resolución, la causa llegó al Tribunal Superior mediante un recurso directo.

El TSJ consideró “gravosos” los descuentos

En su resolución, la Sala Contencioso Administrativa entendió que los descuentos aplicados por el aporte solidario podían resultar “gravosos” y afectar de manera desproporcionada los ingresos de la jubilada.

Por ese motivo, los magistrados dispusieron una medida cautelar que limita temporalmente el alcance del descuento al monto correspondiente a la jubilación, hasta que se resuelva la cuestión de fondo vinculada con la validez constitucional de la normativa previsional.

El fallo vuelve a poner en discusión el alcance de la reforma jubilatoria impulsada en Córdoba en 2020 y el impacto del aporte solidario sobre jubilados y pensionados provinciales.

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