La medida responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793 y declara la invalidez de la suspensión de la norma.
El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y definió los procedimientos operativos para la puesta en marcha de un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, según se publicó este martes en el Boletín Oficial.
La medida fue dispuesta mediante el Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei, en cumplimiento de una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, luego de declarar inválido un decreto previo que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.
La reglamentación establece con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control. Según los considerandos de la norma, el sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de personas con discapacidad.
En ese marco, el decreto incorpora a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del organigrama del Ministerio de Salud, con el objetivo de centralizar la política pública del sector bajo una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que incluye dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.
La norma también instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar, en un plazo de 30 días, un plan de auditorías periódicas. Asimismo, la faculta a dictar normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del nuevo régimen.
Otro de los puntos centrales es la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a la vigencia del decreto en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que obliga a la autoridad de aplicación a identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.
Finalmente, el decreto establece que las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad se implementarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y disponibilidades presupuestarias. La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026.


