La legislación incluye medidas vinculadas al ambiente, el cuidado y control de animales, tránsito, entre otras acciones. Prohibirán la venta y utilización de pirotécnia.

El municipio de Reducción contará con un nuevo Código de Convivencia, según lo informaron desde el Gobierno luego que el Concejo Deliberante aprobó la ordenanza 010/24.

La legislación expresa que “es necesario dictar un marco regulatorio para preservar el espacio público como lugar de convivencia y civismo, en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio, encuentro y recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de los demás y a la pluralidad de expresiones culturales, políticas, religiosas y de formas de vida diversas existentes”.

Entre los argumentos, se expresó que el Ejecutivo tiene como potestad preservar el correcto uso y cuidado del patrimonio público y los espacios de uso común por todos los vecinos de la localidad, además de garantizar la normal convivencia.

“La localidad ha ido creciendo y eso conlleva a tener que determinar limitaciones de diversas prácticas que generan problemas entre vecinos”, manifiesta el documento elaborado por el Gobierno que lidera Jorge Grazziano.

Detalles

La legislación se expresa en cuestiones como el ambiente, el cuidado y control de animales, el tránsito, los graffitis, pintadas y afiches, pero también establece una prohibición en la venta y uso de pirotécnia.

En ambiente, se prohibe sacar residuos domiciliarios en días/horarios que no sean de recolección informado por el Municipio (lunes, miércoles y viernes). Además, se prohibe sacar restos de malezas, poda, escombros, tierra, etc. en los que no sean los días martes y jueves. Además, se obliga a mantener todos los sitios, patios y veredas limpios de malezas, cacharros y objetos en desuso para evitar la proliferación de plagas. También queda prohibido el uso comercia l(comercios de cualquier índole, delivery) de bolsitas de plástico, ya que las mismas deberán ser reemplazadas por aquellas biodegradables o papel. También se especifica que los residuos de cualquier tipo no podrán ser depositados en otro lugar que no sea el basural.

En cuanto a las medidas vinculadas al cuidado de animales, se prohibió la suelta de caballes a calles, veredas, patios privados o baldíos dentro del éjido urbano. También utiliza la denominación de «perros agresivos con dueño» para referirse a la prohibición de animales sueltos en la vía pública sin correa ni bozal. En esa cuestión, se menciona a las razas Pitbull terrier, Staffordshire bull terrier, American staffordshire terrier, Dogo argentino, Fila brasileño, Tosa inu, Akita inu, Doberman, Rottweiller, Bullmastiff, Dogo de burdeos, Bull terrier, Gran perro japonés, Mastín napolitano, Presa canario, Ovejero alemán, Cane corso.

Respecto a las medidas vinculadas al Tránsito, se establecieron medidas básicas como la obligatoriedad de conducir con licencia y seguro, cuestiones vinculadas al estacionamiento, el uso obligatorio de casco en motociclistas y la prohibición del uso de escape libre.

Tal como se lo mencionó anteriormente, también se prohíbe la venta y utilización de pirotecnia en la Localidad de Reducción, con excepción de la utilizada por organismos estatales.

En otro apartado se prohiben los graffitis, pintadas, afiches pegados con cualquier pegamento y/o cinta, mancha, garabato, escrito, inscripción o grafismo, con cualquier materia (tinta, pintura, materia orgánica, o similares) o bien rayando la superficie, sobre cualquier elemento del espacio público, así como en el interior o el exterior de equipamientos, infraestructuras o elementos de un servicio público e instalaciones en general, equipamientos, mobiliario urbano, árboles, jardines y vías públicas en general y/o paredes, paredones, propiedades deshabitadas y/o abandonadas, columnas de alumbrado, postes de energía eléctrica y telecomunicación.

Finalmente, se prohíbe el lavado de vehículos sobre el espacio público (calles y veredas), también el ofrecimiento de juegos que impliquen apuestas con dinero o bienes en la vía pública, la descarga del líquido de los equipos de aire acondicionado y/o maquinarias para el lavado de ropa directamente en la vía pública y producir, causar, estimular o provocar ruidos molestos, en la vía publica y/o domicilios particulares cualquiera, cuando por razones de hora y lugar o por su calidad o grado de intensidad, se perturbe o pueda perturbar la tranquilidad o reposo de la población o causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza.

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