La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de Córdoba dictó la sentencia que condena al extitular de Protección Civil de la provincia a prisión perpetua. El fallo destaca que el abuso sexual fue un crimen de violencia institucional y que tuvo como consecuencia el suicidio de la víctima.

El exdirector de la Dirección General de Protección Civil de Córdoba, Diego Concha, fue condenado a prisión perpetua por abuso sexual con acceso carnal. La sentencia fue emitida por la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la ciudad de Córdoba, conformada por jueces técnicos y jurados populares. Los fundamentos del fallo judicial señalan que el abuso perpetrado por Concha provocó un daño irreparable en la víctima, L. P. L. C., quien tomó la trágica decisión de quitarse la vida dos meses después del hecho.

El tribunal, con mayoría de jurados populares, consideró que el abuso, ocurrido el 14 de noviembre de 2021 en un hotel de Falda del Carmen, fue un factor determinante en el suicidio de la joven en enero de 2022, en la localidad de Pilar. En los fundamentos del voto mayoritario, redactado por el presidente del tribunal, Gustavo Ispani, se destacó que «la vida emocional de la víctima se vio afectada de manera terminante», y que después del encuentro con Concha, «su vida cambió para siempre». Los jurados concluyeron que el abuso generó un «efecto dominó» en su vida, que la víctima no pudo soportar.

El fallo también resalta que el crimen fue un caso de violencia institucional, ya que Concha, como jefe de un área clave del gobierno de Córdoba, abusó de su poder para cometer el delito.

Postura en minoría

Sin embargo, la sentencia no fue unánime en cuanto a la relación directa entre el abuso y el suicidio. La camarista Ángeles Palacios, junto con el magistrado Leandro Quijada y dos jurados populares, emitieron un voto en minoría en el que argumentaron que no se puede atribuir el suicidio «exclusivamente al abuso». Según esta postura, la víctima ya presentaba situaciones de autoagresión en su vida previa, lo que complicaría la atribución directa de responsabilidad a Concha.

Palacios sostuvo que, aunque el abuso pudo intensificar la fragilidad emocional de la víctima, no se puede afirmar que ese hecho en particular haya sido la única causa de su suicidio. En su opinión, existían factores anteriores que también contribuyeron a la trágica decisión de L. P. L. C.

El debate judicial puso en el centro de la escena no solo la culpabilidad de Concha en el abuso, sino también las complejidades de determinar las consecuencias emocionales y psicológicas que este tipo de crímenes pueden generar en las víctimas.

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