La Justicia federal declaró inconstitucional la condición establecida por el Gobierno nacional para aplicar la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Poder Ejecutivo cumplir de manera inmediata con la normativa aprobada por el Congreso.
La decisión fue tomada este martes por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, al resolver el amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
El fallo alcanza al Decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno de Javier Milei promulgó la Ley 27.795, pero dejó condicionada su ejecución a la determinación de las fuentes específicas de financiamiento y a la incorporación de las partidas correspondientes al presupuesto nacional.
Qué resolvió el juez Cormick
Cormick ordenó al Poder Ejecutivo avanzar con el cumplimiento inmediato de la Ley de Financiamiento Universitario y dictar las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias para su aplicación.
La resolución cuestionó específicamente el mecanismo utilizado por el Gobierno para dejar suspendida la aplicación efectiva de una ley que había sido aprobada por el Congreso y ratificada posteriormente por ambas cámaras luego del veto presidencial.
En su análisis, el magistrado sostuvo que el Decreto 759/2025 no superaba un estándar mínimo de razonabilidad porque permitía suspender la aplicación de una ley que el Congreso había insistido con las mayorías agravadas previstas por la Constitución.
Para Cormick, el mecanismo utilizado por el Poder Ejecutivo terminó funcionando, en sus efectos, como una instancia de veto que no está contemplada por la Constitución Nacional.
La disputa por los fondos universitarios
La Ley 27.795 establece medidas vinculadas con el financiamiento de las universidades públicas, incluyendo partidas para su funcionamiento y disposiciones relacionadas con las condiciones salariales de docentes y no docentes. El propio Decreto 759/2025 reconoce que la norma impacta sobre los gastos de funcionamiento y los salarios del personal universitario.
El Gobierno había sostenido que la ejecución de la ley debía quedar suspendida hasta que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento e incorporara las partidas necesarias al presupuesto nacional.
Ese argumento fue cuestionado judicialmente por las universidades, que reclamaron que la normativa pudiera aplicarse efectivamente y no quedara condicionada a una decisión posterior del Poder Ejecutivo.
El juez también analizó el impacto presupuestario de la legislación y señaló que durante 2024 y 2025 no hubo una nueva Ley de Presupuesto Nacional, sino que se prorrogaron las partidas correspondientes al ejercicio anterior. Según el fallo, además, la Oficina de Presupuesto del Congreso había estimado para 2025 un impacto equivalente a aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.
Reacción de las universidades
La resolución fue celebrada por el presidente del CIN y rector de la Universidad Nacional de Rosario, Franco Bartolacci, quien consideró el fallo como “un paso más y muy importante” para alcanzar el cumplimiento pleno de la Ley de Financiamiento Universitario.
También se pronunció el rector de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), Jhon Boretto, quien reclamó al Gobierno nacional que cumpla con la normativa y garantice los recursos destinados a las universidades públicas.
El conflicto judicial se originó después de que el Congreso aprobara la Ley 27.795 y rechazara el veto presidencial mediante las mayorías necesarias para insistir con la norma. Posteriormente, el Poder Ejecutivo promulgó la ley mediante el Decreto 759/2025, pero lo hizo bajo la condición vinculada con el artículo 5 de la Ley 24.629.
Con el nuevo fallo, la Justicia federal ordenó avanzar sobre la aplicación efectiva de la legislación. Al tratarse de una decisión de primera instancia, el Gobierno podría apelar, por lo que la situación judicial todavía podría continuar en otras instancias.
La resolución representa así un nuevo capítulo del conflicto entre el Gobierno nacional y las universidades públicas por el financiamiento, los salarios y el cumplimiento de la Ley 27.795.
