La iniciativa propone incorporar la figura de ecocidio al Código Penal con penas de hasta 25 años de prisión para quienes provoquen daños ambientales graves, extensos o duraderos. También contempla cambios en el financiamiento de bomberos y un sistema nacional de alerta temprana.
La diputada nacional por Córdoba Carolina Basualdo presentó un proyecto de ley para incorporar la figura de ecocidio al Código Penal Argentino, con el objetivo de establecer penas de prisión efectiva para quienes ocasionen daños ambientales de especial gravedad.
La iniciativa propone sumar el artículo 186 bis al Código Penal y establece penas de entre 10 y 25 años de prisión, además de una multa equivalente a 100 salarios mínimos, vitales y móviles, para quienes cometan actos ilícitos o arbitrarios que provoquen daños graves, extensos o duraderos al ambiente.
El proyecto también cuenta con las firmas del exgobernador Juan Schiaretti y de los diputados nacionales Ignacio García Aresca y Carlos Gutiérrez.
¿Qué se considera ecocidio?
Según el texto presentado, para que una conducta sea considerada ecocidio deberá provocar un daño que reúna determinadas características.
La iniciativa define como grave a aquel daño que genere alteraciones significativas sobre cualquier componente del ambiente, con consecuencias importantes para la vida humana, los recursos naturales, culturales o económicos.
Además, establece que el daño será extenso cuando supere una zona geográfica limitada, atraviese fronteras o afecte a ecosistemas completos, especies o a un gran número de personas. También contempla el concepto de duradero, cuando el perjuicio resulte irreversible o no pueda repararse mediante la regeneración natural en un plazo razonable.
Por último, considera arbitrarios aquellos actos realizados sin autorización administrativa o en violación de la normativa ambiental vigente.
El proyecto propone además que, en caso de incorporarse al Código Penal, el delito de ecocidio sea imprescriptible, por lo que la acción penal no se extinguiría por el paso del tiempo.
Los fundamentos de la iniciativa
En los fundamentos del proyecto, Basualdo sostiene que «la gravedad de los daños constatados exige una respuesta punitiva acorde» y señala que la propuesta busca alinearse con estándares internacionales en materia de protección ambiental.
La legisladora argumenta además que la tipificación del delito apunta a desalentar conductas que generen daños ambientales graves, especialmente aquellas vinculadas con cambios en el uso del suelo motivados por intereses económicos.
Actualmente existen otros proyectos en trámite en la Cámara de Diputados que también proponen incorporar la figura del ecocidio al Código Penal. Entre ellos se encuentran iniciativas impulsadas por la diputada Margarita Stolbizer y por la legisladora Ana Clara Romero.
Bomberos y monitoreo de incendios
Además de crear la figura penal del ecocidio, el proyecto incorpora modificaciones a la Ley Nacional de Manejo del Fuego N.º 26.815.
Entre los cambios propuestos figura la posibilidad de realizar transferencias automáticas de recursos a las jurisdicciones afectadas por incendios, habilitar contrataciones directas en situaciones de emergencia y establecer mecanismos de control posteriores sobre la ejecución de esos fondos.
La iniciativa surge en un contexto de reclamos de cuarteles de bomberos voluntarios por demoras en la transferencia de recursos nacionales. Según indicó Basualdo, la Nación mantiene una deuda superior a 15.000 millones de pesos con alrededor de 160 cuarteles de bomberos voluntarios de Córdoba, correspondientes al Fondo Nacional de Manejo del Fuego.
Asimismo, el proyecto propone crear el Sistema Nacional de Monitoreo y Alerta Temprana de Incendios (SNMATI), una plataforma tecnológica que integraría imágenes satelitales, inteligencia artificial, cámaras térmicas, drones, sensores y modelos predictivos para detectar focos de incendio y monitorear el riesgo en tiempo real.
Un proyecto similar avanza en el Senado
En paralelo, la senadora nacional por Chubut Edith Terenzi impulsa otro proyecto para incorporar el delito de ecocidio al Código Penal.
La iniciativa ya obtuvo dictamen favorable en las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Ambiente y Desarrollo Sustentable, y quedó en condiciones de ser tratada por el pleno del Senado.
Ese proyecto define el ecocidio como el daño irreversible o especialmente grave causado al ambiente en violación de las normas de protección ambiental y contempla penas de entre 3 y 10 años de prisión, que pueden elevarse a 15 años cuando el daño sea irreversible y hasta 25 años si como consecuencia se producen muertes.
Tras el dictamen, distintos sectores productivos manifestaron su rechazo a la propuesta. Según publicaciones periodísticas, entidades agropecuarias expresaron cuestionamientos a la iniciativa, mientras que también trascendieron versiones sobre intentos de retirar firmas del dictamen. Hasta el momento, el proyecto no registró nuevos avances legislativos, aunque permanece habilitado para ser tratado en el recinto.


