El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dispuso el refuerzo del equipo de investigación con los titulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX). Dos comunicados y un escenario delicado para la coordinación con el Ministerio Público Fiscal de Córdoba.

Apenas el miércoles de esta semana, la Fiscal Adjunta del Ministerio Público Fiscal de la Provincia, Bettina Croppi, afirmó en conferencia de prensa que hasta ese momento no se contaba con indicios que hicieran presumir “la existencia de un delito de orden federal”, es decir, no se tenían indicios de un secuestro, lo que abriría la jurisdicción federal.

Al día siguiente, apareció “la curandera” en Jujuy, allanaron y secuestraron celulares y demás pertenencias de una mujer de 74 años que había tenido contacto con el padre del pequeño desaparecido. Y parece haber cambiado el panorama.

El viernes 28, en horas de la tarde, el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, dispuso un refuerzo del equipo de fiscales federales para que investiguen la hipótesis de trata de personas en la desaparición de Lian.

Concretamente dispuso que la fiscal federal Alejandra Mángano y el fiscal general Marcelo Colombo, cotitulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), se desempeñen en forma conjunta con la fiscal interinamente a cargo de la Fiscalía Federal de Bell Ville, María Virginia Miguel Carmona, en esa investigación.

La decisión del procurador Casal fue adoptada mediante la Resolución MP 33/25 y responde a un pedido formulado por la propia fiscal federalde Bell Ville. Inmediatamente, se hizo pública la decisión a través de un comunicado formal en la web de los fiscales federales, en donde lo que se pone de relieve es precisamente que se habilita la hipótesis de trata de personas en este caso.

El procurador hizo saber a la representante del MPF que «se encuentra habilitada a coordinar la actividad probatoria de las actuaciones bajo su dirección con la desarrollada por los representantes del Ministerio Público Fiscal de la provincia de Córdoba, en el marco de la referida causa, compartiendo con los debidos recaudos la prueba colectada y actuando coordinadamente a fin de mancomunar esfuerzos y evitar superposiciones».

Jurisdicciones y sensibilidad

En paralelo, se conoció otro comunicado formal, esta vez, el de los fiscales del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Córdoba, la jurisdicción que tiene a su cargo la investigación del caso, siempre que la hipótesis del delito que se investigue, sea de jurisdicción provincial. 

En esta etapa del proceso, y ante los pocos avances que parece mostrar la investigación, parece difícil determinar qué delito condujo a la desaparición del niño, asumiendo que hubo delito y no un accidente o situación fortuita.

En su comunicado, el MPF de Córdoba omite consignar que la Procuraduría Nacional habilitó explícitamente la hipótesis de trata y prefirió informar que “el Ministerio Público Fiscal de Córdoba y el Ministerio Público Fiscal de la Nación, en el marco de las atribuciones de las leyes procesales penales que regulan cada jurisdicción, han conformado un equipo conjunto de investigación (ECI)”.

Detalla el comunicado la integración del ECI: “Este equipo estará compuesto por los Fiscales provinciales, Isabel Reyna y Nicolás Gambini,  la Fiscal Federal de Bell Ville, María Virginia Miguel Carmona y  los Fiscales Federales a cargo de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas, Maria Alejandra Mángano y Marcelo Colombo. Este último, como se sabe, ya se encontraba colaborando en la causa desde el día 22 de febrero de 2025”.

Para despejar dudas sobre posibles conflictos el comunicado remata diciendo: “Las Fiscalías intervinientes reafirman su compromiso con la transparencia en sus actuaciones, promoviendo la cooperación interinstitucional, iniciada desde el comienzo de la investigación, como un pilar fundamental para una persecución penal más efectiva”.

Nada indica que no vayan a producirse conflictos en el manejo de la información, la prueba y las líneas de trabajo. Una prueba interesante para ver hasta dónde las fiscalías pueden privilegiar el interés superior de la víctima y sus familiares.

Fuente: Cba24n

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