La Municipalidad de General Deheza informó que la Justicia de Córdoba rechazó de manera definitiva una acción de amparo presentada por el Sindicato Unión de Obreros y Empleados Municipales (SUOEM) Río Cuarto contra el municipio. La resolución fue dictada el 9 de junio de 2026 por el Juzgado de Primera Instancia de Río Cuarto y declaró inadmisible la presentación sindical.

Según comunicó el Departamento Ejecutivo Municipal, el expediente SAC N.º 14710530 tuvo como eje una acción de amparo sindical impulsada por SUOEM Río Cuarto contra la Municipalidad de General Deheza. El fallo determinó que el planteo no cumplía con los requisitos jurídicos necesarios para su tratamiento.

La información fue difundida oficialmente por el municipio y compartida con los trabajadores municipales y la comunidad en general. Según pudo saber CBAHOY, la resolución judicial estuvo vinculada principalmente con el alcance territorial de la representación sindical y la retención de cuotas gremiales.

Uno de los puntos centrales de la resolución estuvo relacionado con la zona de actuación del sindicato. De acuerdo con lo informado por la Municipalidad de General Deheza, el tribunal consideró que el estatuto oficial aprobado por la autoridad de aplicación nacional establece que SUOEM Río Cuarto tiene representación limitada a los trabajadores municipales dependientes de la Municipalidad de Río Cuarto.

El municipio indicó que el sindicato había presentado una ampliación territorial para extender su actuación al Departamento Juárez Celman, pero que dicha modificación no contaba con la aprobación del Ministerio de Trabajo de la Nación.

En ese marco, la resolución judicial habría considerado que no se habían cumplimentado los requisitos previstos por la Ley de Asociaciones Sindicales N.º 23.551 para acreditar la ampliación de la representación gremial.

Aval judicial al cese de descuentos de cuotas sindicales

Otro de los aspectos abordados por la Justicia fue la retención obligatoria de cuotas sindicales por parte del municipio. Según informó la Municipalidad de General Deheza, el fallo estableció que ese mecanismo requiere una resolución expresa de la autoridad competente.

El municipio señaló que, al no existir una autorización del Ministerio de Trabajo de la Nación en este caso, la Justicia consideró ajustadas a derecho las Resoluciones Municipales N.º 02/2026 y N.º 03/2026, mediante las cuales se dispuso el cese de los descuentos correspondientes.

La postura de la Municipalidad de General Deheza

Tras la resolución judicial, el Ejecutivo municipal afirmó que continuará actuando «con estricto apego a la legislación vigente» y destacó el respeto por las decisiones judiciales y la institucionalidad.

En el comunicado oficial, la Municipalidad de General Deheza sostuvo que una situación mantenida en el tiempo no resulta suficiente para otorgar legitimidad jurídica si no cuenta con el respaldo normativo correspondiente.

Además, el municipio manifestó su disposición a mantener un vínculo directo con los empleados municipales, basado en el cumplimiento del marco legal y la atención de las necesidades de los trabajadores.

La resolución judicial cierra una instancia de conflicto entre la Municipalidad de General Deheza y SUOEM Río Cuarto vinculada a la representación sindical y al sistema de descuentos de cuotas gremiales.

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