La medida fue establecida mediante el Decreto 397/2025 y la Resolución 37/2025. El RENAR, dependiente del Ministerio de Seguridad, será el organismo encargado de autorizar y fiscalizar la adquisición de este tipo de armamento, antes restringido a las fuerzas de seguridad.

El Gobierno Nacional dispuso un cambio en la normativa que regula la tenencia y compra de fusiles semiautomáticos en la Argentina. A partir del Decreto 397/2025 y la Resolución 37/2025, se habilita a civiles y entidades de tiro a adquirir este tipo de armas, que hasta ahora estaban reservadas exclusivamente para las fuerzas de seguridad.

La medida introduce un régimen de control administrado, reemplazando el esquema de prohibición general vigente desde hace décadas. Según la resolución, el objetivo es “reevaluar los mecanismos dispuestos” frente a situaciones de irregularidad registral detectadas en años anteriores.

El Registro Nacional de Armas (RENAR) —ahora bajo la órbita del Ministerio de Seguridad— será el responsable de autorizar la compra y la tenencia, otorgando los permisos únicamente a Legítimos Usuarios de Armas de Uso Civil Condicional que cumplan con los nuevos requisitos.

Nuevos requisitos y filtros de seguridad

La Resolución 37/2025 establece un protocolo de evaluación más riguroso que el habitual. Para obtener la autorización, los solicitantes deberán:

  • Acreditar una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de uso civil condicional.
  • No registrar antecedentes sancionatorios ni trámites pendientes ante el RENAR.
  • Contar con un sector de guarda registrado tipo G2, es decir, un sistema de almacenamiento seguro validado por el organismo.
  • Presentar una declaración jurada que justifique la solicitud, junto con la documentación probatoria y fotografías del arma.
  • Pagar las tasas correspondientes, similares a las de la Tenencia Exprés y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM).
  • Demostrar uso deportivo comprobado, ya sea mediante certificación de una entidad de tiro, participación en torneos nacionales o internacionales, o solicitud de un club habilitado.

El nuevo régimen permitirá a usuarios y entidades habilitadas adquirir armas semiautomáticas alimentadas con cargadores desmontables, como fusiles o subametralladoras derivadas de modelos militares, con calibres superiores al .22 LR.

El RENAR conservará la potestad de exigir documentación adicional o evaluaciones complementarias para verificar la pertinencia de cada solicitud, en el marco de un sistema que el Gobierno define como “de acceso restringido y supervisión constante”.

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