Lo solicitó el Juzgado Federal N°2, indicando que debe tener en cuenta el índice de precios al consumidor.

El juzgado Federal Número 2 de Córdoba, le ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que realice un nuevo cálculo de movilidad jubilatoria y que se tenga en cuenta el índice de precio al consumidor.

Así lo indicó la abogada Carla Simon, quien calificó al fallo como “justo y novedoso”. Además, agregó que “es importante para los jubilados por cuanto declara inconstitucional la fórmula de movilidad que estaba establecida por la Ley 27609, ya que no contempla el Índice de Precios al Consumidor, lo cual derivó en un paulatino y significativo deterioro de la capacidad adquisitiva del haber previsional”.

La abogada remarcó la importancia que tiene el origen de esta ley de movilidad, que fue dictada durante el gobierno de Alberto Fernández. “La movilidad que establecía, o los coeficientes, los índices para actualizar los haberes previsionales, estaban basados en la recaudación tributaria de ANSES y el Índice de Salarios del INDEC o el RIPTE. No estaba contemplado el Índice de Precios al Consumidor”, detalló Simon.

Y agregó: “En procesos inflacionarios tan fuertes como los que hemos tenido ultimamente los haberes jubilatorios quedaron muy atrás, defasados. Entonces qué viene a corregir este fallo es justamente el poder adquisitivo que se perdió o deterioró durante todo ese tiempo”.

Cabe señalar que ANSES ya apeló el fallo para evitar subir los haberes de jubilados y pensionados.

Fuente: Cba24N

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