La Resolución General 5794/2025 redefine alcances operativos y procedimientos para el ingreso del impuesto en transacciones electrónicas. El organismo busca mayor trazabilidad y precisión en la determinación del tributo.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones en el régimen especial de ingreso del IVA aplicable a operaciones comerciales realizadas a través de plataformas digitales, en una actualización que apunta a ordenar el sistema vigente y clarificar las obligaciones de los distintos actores del ecosistema electrónico.
Los cambios fueron instrumentados mediante la Resolución General 5794/2025, que ajusta la normativa previa —la Resolución General 5319— para precisar el alcance operativo de los sujetos alcanzados y establecer criterios más definidos para la determinación del impuesto por parte de intermediarios y proveedores que operan en entornos digitales.
Según detalló el organismo, el régimen actualizado abarca todas las transacciones concertadas electrónicamente en plataformas que facilitan la oferta, la publicidad o la intermediación de bienes y servicios. Aquellos encargados de la percepción o del ingreso del tributo deberán cumplir con los procedimientos de declaración fiscal previstos en los sistemas habilitados, asegurando que la información llegue con exactitud a la administración tributaria.
La resolución también especificó que los sujetos comprendidos deberán registrar las operaciones en los sistemas informáticos de ARCA, garantizando trazabilidad, verificación y cumplimiento integral de las obligaciones asociadas al IVA. En paralelo, las plataformas digitales que intervienen en las operaciones estarán obligadas a aplicar los mecanismos de ingreso definidos para asegurar la recaudación correspondiente.
Los valores y condiciones técnicas que rigen el nuevo esquema quedan establecidos en un anexo específico, publicado en la edición digital del Boletín Oficial, donde se detallan parámetros metodológicos, fórmulas de cálculo y criterios operativos para el tratamiento del impuesto en actividades de intermediación electrónica.
ARCA enmarcó esta actualización dentro de un proceso más amplio de adecuación normativa, iniciado en períodos anteriores, destinado a reorganizar los regímenes de percepción y adaptar su alcance a la dinámica del comercio digital. La resolución ya fue remitida a las áreas de control fiscal y comenzará a aplicarse desde la fecha indicada en el anexo, conforme a las reglas vigentes para la operatividad tributaria en entornos electrónicos.


