Los beneficiarios tendrán 60 días corridos desde la notificación para solicitar la rehabilitación de sus prestaciones y presentar documentación médica actualizada. El trámite podrá realizarse en dependencias del PAMI y por distintas vías digitales.
El Gobierno nacional dejó sin efecto la restitución de más de 21.800 pensiones no contributivas por invalidez, cuyos titulares deberán volver a solicitar la rehabilitación de sus beneficios dentro de un plazo de 60 días corridos.
La decisión fue oficializada este jueves mediante dos resoluciones de la Secretaría Nacional de Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud, publicadas en el Boletín Oficial. La medida alcanza a las personas incluidas en los anexos de la normativa y afecta, en su mayoría, a beneficiarios cuyas prestaciones habían sido suspendidas entre junio y agosto de 2025.
La Resolución 3695/2026 dejó sin efecto, para ese grupo, una disposición de octubre de 2025 que había restablecido el pago de las pensiones en cumplimiento de una medida cautelar del Juzgado Federal N.º 2 de Catamarca, en el marco de una causa iniciada por el Defensor del Pueblo y otros actores.
Cómo solicitar la rehabilitación de la pensión
Las personas alcanzadas por la medida tendrán 60 días corridos desde que sean notificadas para iniciar el pedido de rehabilitación. Deberán presentar documentación médica actualizada, renovar sus datos personales y aportar los antecedentes necesarios para acreditar que cumplen con los requisitos del beneficio.
La Resolución 3697/2026 modificó los canales habilitados para realizar el trámite. Las presentaciones podrán efectuarse a través de las siguientes vías:
- Agencias y Unidades de Gestión Local (UGL) del PAMI, que reemplazan a las oficinas de ANSES como canal de atención presencial para este procedimiento.
- Dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
- Formulario de Consultas del Ministerio de Salud, disponible en su sitio web.
- Plataforma Trámites a Distancia (TAD), mediante el trámite “Presentación de Documentación para Pensión Invalidez”.
- Correo electrónico a la dirección citacion@senadis.gob.ar.
Una vez presentada la documentación, las áreas competentes de la Secretaría evaluarán cada caso y determinarán si corresponde rehabilitar la prestación.
Qué cambia con la nueva resolución
La restitución de las pensiones había sido dispuesta en octubre de 2025 para cumplir con una medida cautelar dictada en la causa “Defensor del Pueblo y otros c/ ANDIS s/ acción de amparo”, vinculada con la suspensión de beneficios durante las auditorías realizadas por el organismo.
Ahora, la Secretaría Nacional de Discapacidad dejó sin efecto aquella restitución para las personas incluidas en el listado correspondiente y estableció un nuevo procedimiento para que puedan solicitar nuevamente sus prestaciones.
Según los fundamentos de la Resolución 3697/2026, el cambio de canales de atención busca facilitar la recepción presencial de la documentación mediante una red con mayor presencia territorial. La normativa aclara que esta modificación no cambia los requisitos para solicitar la rehabilitación ni los efectos de la resolución que dispuso dejar sin efecto la restitución.
