En la sesión de este jueves, el cuerpo legislativo sancionó el proyecto impulsado por su presidenta, Ana Laura Medina, que promueve la participación del sector privado en el fortalecimiento de instituciones educativas y de contención social de Río Cuarto.

El Concejo Deliberante de Río Cuarto aprobó este jueves el proyecto de ordenanza que crea el programa «Banco de Padrinos», una iniciativa impulsada por la presidenta del cuerpo, Ana Laura Medina, destinada a fomentar la participación del sector privado en el fortalecimiento de espacios educativos y de contención social de la ciudad.

De dónde surgió la iniciativa

La propuesta nació a partir de pedidos concretos de dos instituciones educativas locales. Por un lado, la Escuela Bernardino Rivadavia, en el marco del programa «Todas las Voces – La Voz de las Infancias»; por otro, el Colegio La Merced, a través del Parlamento Estudiantil. Ambas instituciones habían solicitado al Concejo la creación de una herramienta que permitiera canalizar aportes de la comunidad hacia escuelas y espacios de contención social.

Cómo funciona el programa

La ordenanza crea dos registros a cargo de la autoridad de aplicación: el Banco de Padrinos, donde podrán inscribirse personas humanas o jurídicas del sector privado dispuestas a realizar aportes, y el Banco de Beneficiarios, integrado por instituciones educativas de gestión estatal (nivel inicial, primario y secundario), espacios de contención social y organizaciones del tercer sector.

Una vez confirmado el vínculo entre un padrino y una institución beneficiaria, las partes deberán suscribir un convenio que establezca el objeto del padrinazgo, el aporte comprometido y la duración del acuerdo. La normativa contempla dos tipos de contribuciones: materiales —infraestructura, conectividad, material didáctico o asunción de gastos fijos— e inmateriales —acciones pedagógicas, culturales, artísticas, deportivas o recreativas orientadas al desarrollo humano.

Como contraprestación, quienes participen en carácter de padrinos recibirán un reconocimiento por parte de la autoridad de aplicación, que podrán utilizar en comunicaciones institucionales y campañas de responsabilidad social empresaria. La norma aclara que esa herramienta no podrá usarse para difundir contenido ajeno a ese fin.

Control y seguimiento

La ordenanza prevé la creación de una comisión de seguimiento integrada por la autoridad de aplicación —la Secretaría de Gestión y Participación Ciudadana— y un representante de cada bloque político del Concejo. Además, establece que ese organismo deberá publicar cada seis meses en el sitio web de la Municipalidad un informe con el listado de padrinos, los aportes realizados y las instituciones beneficiadas.

Entre sus facultades, la autoridad de aplicación podrá difundir el programa, simplificar la inscripción de interesados, mediar ante posibles desavenencias entre las partes y fiscalizar el cumplimiento de los compromisos asumidos. Tras la sanción, deberá además comunicar al Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba el propósito y el desarrollo del programa.

Los fundamentos legales

Medina fundamentó la iniciativa en la Ley Nacional N° 26.061, de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y en varios artículos de la Carta Orgánica Municipal, entre ellos el artículo 224, que habilita a los vecinos a solicitar al Municipio la realización de actividades de padrinazgo sobre bienes u obras de dominio municipal.

¡Viralizalo!