El Senado aprobó un proyecto que incorpora un procedimiento más rápido para los desalojos por falta de pago del alquiler y ocupaciones. La iniciativa deberá ser tratada por la Cámara de Diputados.
El Senado de la Nación otorgó este viernes la media sanción a un tramo del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada impulsado por el Gobierno de Javier Milei, que introduce modificaciones al régimen de desalojos. Entre los cambios más relevantes, se establece un procedimiento judicial más ágil para los casos de ocupación sin autorización y para los inquilinos que acumulen deudas por alquiler.
La iniciativa aún no es ley. Tras la aprobación en la Cámara alta, el proyecto deberá ser debatido por la Cámara de Diputados, donde el oficialismo buscará convertir en ley uno de los capítulos que permanecieron en el texto luego de las modificaciones introducidas durante el tratamiento legislativo.
¿Qué cambia con los desalojos por falta de pago?
Uno de los principales puntos del proyecto incorpora el procedimiento sumarísimo para las acciones de desalojo de inmuebles urbanos y rurales, con el objetivo de reducir los tiempos judiciales.
En el caso de viviendas alquiladas, cuando un inquilino acumule hasta dos meses de deuda, el propietario deberá intimarlo formalmente y otorgarle un plazo mínimo de 10 días corridos para regularizar el pago. Si la deuda no es cancelada dentro de ese período, podrá iniciar la demanda judicial.
El texto también prevé que, una vez iniciado el proceso, el pago posterior de la deuda no implique necesariamente la suspensión del trámite de desalojo, una modificación respecto de la práctica habitual en muchos casos.
Entrega anticipada del inmueble
Otro de los cambios incorporados habilita la posibilidad de solicitar la entrega anticipada del inmueble antes de que exista una sentencia definitiva.
Para ello, el propietario podrá requerir al juez la restitución inmediata de la vivienda mediante una caución juratoria cuando el reclamo se funde en falta de pago del alquiler, vencimiento del contrato, intrusión o situaciones de tenencia precaria.
No obstante, el proyecto también contempla sanciones para quienes actúen de manera indebida. Si posteriormente se comprobara que el propietario ocultó información relevante o que el inquilino había cumplido con sus obligaciones, el juez podrá imponer una multa de hasta diez veces el valor del último alquiler.
Cambios en el proceso judicial
La iniciativa también modifica aspectos probatorios de los juicios de desalojo por falta de pago o vencimiento contractual.
En esos procesos se priorizarán las pruebas documentales y periciales para agilizar la resolución de los expedientes. Además, se habilita la utilización del domicilio electrónico constituido en el contrato para realizar notificaciones judiciales.
Otro punto establece la realización de un reconocimiento judicial temprano, que deberá concretarse dentro de las 72 horas desde la primera denuncia en determinados supuestos previstos por el proyecto.
El debate continúa en Diputados
La media sanción se produjo en un contexto de debate sobre el acceso a la vivienda. Según informó La Nueva Mañana, organizaciones como Inquilinos Agrupados y la Federación de Inquilinos Nacional manifestaron su preocupación por el impacto que podría tener la iniciativa sobre las familias con dificultades para afrontar el pago de los alquileres.
Estas organizaciones sostienen que una parte importante de los hogares inquilinos mantiene deudas y advirtieron que el nuevo procedimiento podría reducir las garantías de defensa durante los procesos judiciales. Se trata de planteos realizados por esas entidades y que formaron parte del debate público sobre la iniciativa.
Por el momento, las modificaciones todavía no están vigentes. Para que entren en vigor, el proyecto deberá obtener la aprobación de la Cámara de Diputados y ser promulgado.


