La Provincia promulgó la Ley N° 11.096, que introduce el concepto de reiterancia, nuevas sanciones como trabajo comunitario, uso de herramientas digitales y una actualización integral del régimen de infracciones.
Con su publicación en el Boletín Oficial, comenzó a regir en todo el territorio provincial la nueva Ley de Tránsito N° 11.096, una norma que modifica y actualiza el régimen vigente con el objetivo de fortalecer la seguridad vial, modernizar los mecanismos de control y adecuar el sistema sancionatorio a los desafíos actuales de la circulación urbana y rural.
Uno de los ejes centrales de la reforma es la incorporación del concepto de reiterancia, que se configura cuando una persona comete una o más infracciones antes de que quede firme una sanción anterior. En estos casos, la autoridad competente podrá aplicar medidas preventivas y considerar la reiteración como un agravante al momento de definir la penalidad, apuntando a desalentar conductas reincidentes.
La normativa también amplía el abanico de sanciones disponibles. Además de las multas tradicionales, se habilita la aplicación de trabajo comunitario, que podrá cumplirse en dependencias públicas o instituciones de bien público, y de instrucciones especiales, como la asistencia obligatoria a cursos de educación vial o programas terapéuticos vinculados a la convivencia ciudadana y la prevención de siniestros.
En materia de seguridad vial, la ley introduce precisiones sobre el uso obligatorio de luces. Si bien no elimina la exigencia de circular con luces encendidas, regula el uso de luces diurnas automáticas (DRL) como alternativa válida durante el día, siempre que exista buena visibilidad y condiciones climáticas favorables. En situaciones de niebla, lluvia intensa u otras condiciones adversas, continúa siendo obligatorio el uso de luz baja.
Otro punto relevante es la actualización del Cuadro General de Infracciones, que clasifica las faltas en leves, graves y muy graves, y especifica conductas como el exceso de velocidad, la conducción temeraria, la falta de licencia o seguro, las picadas ilegales y la fuga tras un siniestro vial, entre otras.
La ley también avanza en la modernización administrativa al habilitar el uso de medios digitales y electrónicos para la constatación, registro y notificación de infracciones, así como para el juzgamiento de faltas, tanto de manera presencial como remota. En ese marco, se refuerza el criterio de interjurisdiccionalidad, permitiendo que infractores domiciliados a más de 60 kilómetros del lugar de la falta puedan realizar descargos en su jurisdicción de origen mediante plataformas oficiales.
Finalmente, la norma actualiza la terminología legal, adoptando el concepto de “personas con discapacidad” y dejando atrás expresiones en desuso, en línea con estándares actuales de inclusión y derechos.
La Ley N° 11.096 fue sancionada por la Legislatura de Córdoba el 29 de diciembre de 2025 y promulgada por el Poder Ejecutivo Provincial mediante el Decreto N° 295, consolidando una reforma integral orientada a mejorar la convivencia vial y proteger la vida de quienes transitan por las rutas y calles de la provincia.


