Declararon “inadmisible” el planteo de una jubilada contra la Ley 11.087. Consideraron que la reforma no viola derechos constitucionales.

La Justicia de Córdoba le dio un primer guiño a favor de la reforma previsional impulsada por el Gobierno provincial. En ese sentido, la Cámara Contencioso Administrativa de 3° Nominación rechazó una acción de amparo presentada por una particular que intentaba detener los efectos de la nueva normativa.

La demanda atacaba dos puntos clave de la ley: la facultad del Ejecutivo para aumentar hasta un 8% los aportes de los trabajadores activos y los cambios en el «aporte solidario» para los pasivos.

Los magistrados desestimaron el reclamo  ya que no existe una «arbitrariedad o ilegalidad manifiesta» en la medida.

Según se conoció, para el tribunal, el aumento en los descuentos a los activos no impacta negativamente en el cálculo de los haberes de quien ya está jubilado, ya que la movilidad se rige por otros índices.

Además, el fallo subrayó que las modificaciones respetan el «núcleo duro previsional», el límite legal que protege los derechos adquiridos de los pasivos, incluso en contextos de emergencia económica.

Fuente: Cba24N

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